Cómo darse de alta como autónomo en Madrid
Darse de alta como autónomo es más sencillo de lo que parece, gracias a la Ley de Medidas Urgentes al Trabajo Autónomo. Entre las ventajas de este marco legal, se encuentra la posibilidad de pagar una tarifa plana de 60€ mensuales para nuevos autónomos. A continuación, se revelan todos los pasos necesarios para darse de alta como autónomo en Madrid. Además, muchos de los trámites se pueden realizar de forma telemática.
Qué es ser autónomo
Un autónomo es un trabajador con responsabilidad directa de una unidad económica, además cumple con las obligaciones tributarias, fiscales y mercantiles que repercuten a su propio nombre y derecho.
El autónomo es un trabajador que organiza sus capacidades para desarrollar un proyecto económico, recoge beneficios por ello, y cumple con sus obligaciones en cuestión de impuestos y cotización.
El autónomo también responde a todos lo anterior con sus propios bienes y derechos de cobro, además es el único perceptor del caudal económico que genera su actividad.
Tipos de autónomos que Hay
Actualmente, en España se pueden encontrar los siguientes tipos de autónomos:
- Autónomo empresario: es aquel que constituye una unidad económica en sí misma por la prestación de unos servicios. Es el responsable de la presentación y pago de los impuestos, de sus cuotas de cotización y control de las obligaciones contables.
- Autónomo societario o administrador: persona física que cotiza en régimen especial de autónomos por ser el representante de una entidad mercantil y desempeñar el papel de gestión de la misma.
- Autónomo colaborador familiar: familiar de un autónomo empresario hasta el segundo grado de consanguinidad que trabaje dentro de la unidad económica del propio autónomo empresario, debe estar a cargo de este.
- Autónomo dependiente o TRADE: autónomo dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos que perciben más del 75% de sus ingresos de un mismo cliente, pero cumplen con los requisitos de tener varios focos de ingresos.
- Autónomo miembro de entidades sin personalidad jurídica (cooperativista, socios civiles, comuneros, etc.): es similar a las obligaciones percibidas por el autónomo empresario.
Pasos para darse de alta como autónomo en Madrid: qué necesitas
Para poder darse de alta como autónomo en Madrid hay que cumplir con las siguientes obligaciones fiscales:
Certificado Digital
Primero hay que obtener el certificado digital de persona física para poder llevar a cabo los trámites electrónicos. Este certificado permite a cualquier persona, ya sea un particular o trabajador autónomo realizar todos los trámites y gestionar ante la administración pública en Internet.
Alta en Impuesto de Actividades Económicas
Seguidamente, hay que darse de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE). El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo que grava la realización de cualquier actividad empresarial, profesional o artística en territorio español, independientemente de la habitualidad de la práctica y la existencia de ánimo de lucro.
Alta en la Agencia Tributaria
Posteriormente, el aspirante a autónomo debe ejecutar el alta censal ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, indicando todas las obligaciones tributarias relativas al tipo de actividad, de colaboradores profesionales, locales o trabajadores a cargo.
Inscribirse en la Seguridad Social
Inscribirse en el régimen especial de trabajadores autónomos frente a la seguridad social para cumplir con las obligaciones de cotización.
Darse de alta en el sistema
Para culminar las operaciones hay que darse de alta en la Seguridad Social. De este modo, el autónomo comenzará a recibir las notificaciones electrónicas.
Cuánto paga un autónomo en Madrid
La escala de bonificaciones para un nuevo autónomo o que no haya sido autónomos en los 3 últimos años es la siguiente:
- Cuota de 60€ mensuales durante los primeros 12 meses.
- Bonificación del 50% de la cuota total mensual durante los primeros 6 meses.
- Bonificación del 30% de la cuota total mensual durante los primeros 12 meses.
Por lo general, la cuota máxima que suelen pagar los autónomos en la Comunidad de Madrid oscila los 285€. No obstante, cada caso es particular, por ello, se debe estudiar detenidamente todos los puntos que envuelven a la actividad llevada a cabo por el trabajador por cuenta ajena. Por este motivo, es muy recomendable contar con la ayuda de una gestoría especializada en autónomos.
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Por otro lado, hay que tener en cuenta que el Servicio Público Estatal de Empleo permite la combinación durante 270 días del cobro de la prestación de desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia. Además, este organismo permite la capitalización del total del paro acumulado en un solo pago, con el objetivo de afrontar compras de recursos para poner en marcha una actividad por cuenta propia.
Impuestos de los autónomos
Todo autónomo y persona física, tiene la obligación de presentar anualmente el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Además, de las retenciones de los beneficios obtenidos por la actividad, plasmadas en el IRPF:
- Si se trata de una actividad de carácter mercantil, deberá presentar trimestralmente el modelo 130 en cuantías fraccionadas.
- Si se trata de una actividad de carácter profesional, deberá retener su porcentaje de IRPF en la factura emitida a otros profesionales o empresas.
- Si los clientes son particulares, no debe aplicar retención en la factura y tendrá que presentar, como actividad mercantil, una declaración trimestral de pagos fraccionados de IRPF.
Por otro lado, excepto en las actividades exentas de IVA (sanidad, formación, etc.) debe estar presente la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido. En el caso de actividades sujetas a regímenes especiales, hay que estudiar los casos concretos y evaluar las obligaciones detenidamente.
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