Impuesto Actividades Económicas (IAE)
El Impuesto Actividades Económicas es un tipo de impuesto que afecta a todos los autónomos y PYMES que tienen que declarar. Te explicaremos todo lo necesario para llevarlo a cabo.
Qué es el IAE
El IAE o Impuesto Actividades Económicas es un impuesto que se aplica a autónomos y sociedades, por el hecho de ejercer una actividad empresarial, profesional o artística en España. Este impuesto afecta a todos los empresarios y autónomos, independientemente del sector al que pertenezcan y de los ingresos que genere. Por este motivo, si eres autónomo o empresario, tienes que estar dado de alta en el IAE y presentar las declaraciones determinadas siguiendo unos plazos establecidos.
Quién está obligado a pagarlo
Tienen obligatoriedad de estar dado de alta en el IAE todas las empresas o autónomos. Sin embargo, estar dado de alta no significa obligatoriedad de pagar el impuesto.
Quién está exento
A pesar de estar dado de alto, no todas las empresas y autónomos están obligados a pagar este impuesto, también existen una serie de excepciones:
- Los dos primeros años de desarrollo, autónomos y sociedades deben darse de alta, pero no pagar el impuesto, quedan exentos.
- A partir del tercer año, solo están obligados a efectuar el pago el primer año de actividad si el importe neto de los ingresos del negocio superan los 1.000.000 de euros.
- Si eres una persona física, siempre estarás exento de pagar el IAE.
Tipos de declaración del IAE
Existen cuatro tipos de declaraciones del IAE, en función de lo que debes informar a la Agencia Tributaria:
- Declaración de alta: se inicia la actividad económica y los empresarios o autónomos tienen un mes para darse de alta en el IAE. Tras darse de alta comienza un período de exención de dos años.
- Declaración de variación: se produce alguna variación en el negocio, ya que afecta a los elementos sobre los que se calcula el IAE. Por ejemplo, si cambia de domicilio donde se produce la actividad, las superficies del local, los patios de la instalación eléctrica, etc.
- Declaración de baja: cuando se cesa la actividad económica.
- Declaración de comunicación del importe del negocio a Hacienda: se notifica a Hacienda los ingresos. Esta declaración solo es obligatoria cuando la sociedad supera el millón de euros y no se encuentra en período de exención.
Plazos para pagarlo
- Declaración de alta: en el mes de diciembre del año en el que acaba la exención, el autónomo o empresario debe volver a Hacienda y declarar que su exención ha concluido.
- Declaración de variación: se debe declarar en un plazo de un mes.
- Declaración de baja: un mes para declarar la baja.
- Declaración de comunicación a Hacienda: se debe presentar esta declaración entre el día 1 de enero y el 14 de febrero en el que se debe tener efecto la comunicación en el IAE.
Tarifas del IAE
El Impuesto se estructura con base en una serie de tarifas, las cuales están enfocadas a clasificar todas las actividades económicas, ordenarlas en grupos, divisiones y epígrafes.
Tarifas de actividades empresariales: se realizan en el seno de una empresa que cuenta con medio de producción propio y recursos humanos, con el objetivo de intervenir en la producción y distribución de los bienes y servicios. Las actividades empresariales clasificadas en la sección 1º, que sí deben pagar el IAE, son las siguientes:
- Ganadería dependiente.
- Actividades de servicios.
- Actividades comerciales.
- Actividades mineras.
- Industrias
Las actividades empresariales exentas de pagar el IAE:
- Actividades agrícolas.
- Ganaderas dependientes.
- Forestales.
- Pesqueras.
Tarifas actividades profesionales. Son las desarrolladas por personas físicas por cuenta personal, propia e independiente y están clasificadas en la sección 2º. Por ejemplo, autónomos, veterinarios, ingenieros, técnicos, otros profesionales relacionados con la ganadería, pesca o agricultura, entre otros. Las actividades profesionales están exentas de pagar el impuesto si no superan el millón de euros de actividad. Además, cada actividad tiene un porcentaje monetario atribuido.
Tarifas actividades artísticas. Son las llevadas a cabo por personas físicas o una organización y están clasificadas en la sección 3º. Por ejemplo, grupos artísticos, directores de cine, teatro, especialistas, operadores de televisión, radio, etc. Están exentos siempre y cuando no superen el millón de euros
Cómo calcular el IAE
Para calcular el IAE, es necesario conocer las diferentes cuotas que repercuten a las tarifas. Las cuotas de tarifas se multiplican por el coeficiente de ponderación, que viene marcado por los ingresos declarados a Hacienda. La ponderación para las cuotas de cada tarifa las establece el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El resultado de la ponderación es la cuota ponderada. Seguidamente, se debe multiplicar la cuota ponderada por el coeficiente de situación, es el coeficiente determinado por cada Ayuntamiento para valorar la ubicación del local en el que se desarrolla el negocio. Este coeficiente puede variar desde 0,4 hasta 3,8. El resultado de la operación es la cuota incrementada.
En resumen:
- Cuota tarifa x coeficiente de ponderación = cuota ponderada.
- Cuota ponderada x coeficiente de situación = cuota incrementada.
- Recargo provincial x cuota ponderada = x
- Cuota incrementada + x= deuda tributaria
Modelo 840
El modelo 840 es el modelo que se debe emplear para declarar el alta, las variaciones y la baja de la actividad económica en el IAE. Los plazos para presentarlo, son los ya mencionados, un mes desde el alta. Este modelo también se tiene que presentar para rectificar los datos de la declaración.
Modelo 848
El modelo 848 es el modelo que notifica a Hacienda la cifra total de los ingresos. Se suele presentar junto a la declaración del Impuesto de Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes o el Modelo 184.
Modelo 036 y 037
El modelo 036 se trata de un modelo más complejo que aparece en todas las actividades económicas que se pueden efectuar. Mientras tanto, el modelo 037 se trata de un modelo síntesis en el que aparecen solo unas pocas actividades.
Dónde presentarlo
Todos los modelos se pueden presentar de forma telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
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