Qué impuestos pagan los autónomos en 2022

Qué impuestos pagó un autónomo en 2022

Un autónomo dirige su propia actividad laboral, organiza sus ingresos y gastos, obteniendo la cuantía restante como beneficio de la actividad. Como cualquier otro trabajador, los autónomos están obligados a tributar sus ganancias. 

¿Conoces los impuestos que debe pagar este año un autónomo? En este artículo, te detallamos todas las claves sobre los modelos tributarios más comunes que debe presentar un autónomo en España.   

El IVA

Comenzamos este recorrido por los pagos de un autónomo, mencionando el Modelo 303 el correspondiente al IVA. El Modelo 303 es el impuesto más complejo de todos y se presenta cada tres meses. De esta forma, el trabajador informa a Hacienda de sus compras y ventas. Gracias al IVA la agencia tributaria comprueba cuánto paga según sus ingresos. 

Fechas límite para presentar el IVA este año:

  • 31 de enero.
  • 20 de abril.
  • 20 de julio.
  • 20 de octubre.

Cuando se calcula el IVA, es importante tener en cuenta que no se puede deducir todo lo que se compra, solo se restan aquellos productos facturados con IVA de la actividad profesional, no incluyen los gastos personales. Por tanto, la diferencia de este conjunto es el IVA total a pagar (cuantía positiva) o a devolver (cuantía negativa).  

Generalmente, se aplica el 21% de IVA, pero esta variable depende de la actividad llevada a cabo. Existen otros tipos de porcentajes de IVA, los llamados tipos distintos

  • Tipo general (21%): La mayoría de los autónomos corresponden con el tipo de IVA general. Lo pagan todo tipo de profesionales: desde un presentador de televisión hasta un psicólogo. 
  • Tipo reducido (10%): Este caso atiende a la actividad de los trabajadores del sector servicios, restaurantes, bibliotecas, cines, museos, etc. 
  • Tipo superreducido (4%): El menor de todos solo se encuentra en productos y servicios de primera necesidad, como son los libros, revistas, medicamentos, productos de alimentación, etc. No compete a los trabajadores. 

Para estar seguro de cuál es el tipo de IVA que debes aplicar a tu actividad, te recomendamos que revises la web oficial de la Agencia Tributaria. 

EL IRPF

Continuamos con este pequeño repaso por los impuestos más relevantes que debe pagar un autónomo, mencionando el IRPF o el Modelo 130. El IRPF es el adelanto que pagarás de tus beneficios obtenidos. En este caso, se lleva a cabo el pago fraccionado a cuenta. 

Para abstenerse de pagar el IRPF, el 70% de los ingresos obtenidos por el profesional independiente debe tener algún tipo de retención. Si no es tú caso, el porcentaje que te tocará pagar será del 20%: la diferencia entre ingresos brutos (sin IVA) y los gastos brutos (sin IVA). 

Al igual que el IVA, el IRPF se debe presentar en unas fechas concretas. Para empresas y autónomos, son las siguientes:

  • 20 de enero. 
  • 20 de abril. 
  • 20 de julio. 
  • 20 de octubre. 

Si el resultado es positivo, el Modelo 130 o IRPF se puede presentar en cualquier banco e ingresar la cuantía directamente. Si cuentas con certificado digital o DNI electrónico, puedes ingresar la cuantía mediante la oficina virtual de la Agencia Tributaria (AEAT). Por otro lado, si el resultado es negativo o igual a 0, puedes presentar la notificación en internet o presencialmente en las oficinas de la AEAT. 

Los modelos

Ya te hemos aclarado los detalles de los dos modelos más significativos de España. Ahora hay que detener este resumen en las diferencias entre el Modelo 130 y 131.

Impuestos según beneficios: Modelo 130 o 131

Muchos autónomos no saben la diferencia entre el Modelo 130 y el 131. El Modelo 131 se calcula con unos parámetros particulares según el Impuesto de Actividad Económica seleccionado por el trabajador. Por ejemplo, un restaurante incluido en estimación objetiva, para calcular el Modelo 131 debe tener en cuenta el número de personas asalariadas, metros cuadrados, plazas de la barra, etc.

Modelo 111: retenciones de los trabajadores y profesionales

Si tienes trabajadores a tu cuenta o has recibido alguna factura profesional, tendrás que presentar el Modelo 111. Este pago tiene en cuenta las retenciones en las nóminas de tus trabajadores, que dependen de la situación personal y familiar de cada uno (en concepto de IRPF). 

Del mismo modo, si una persona ha recibido una factura de otro profesional independiente, por ejemplo, un electricista que arregla cualquier cuestión, se tendrá que ingresar la retención practicada en la facturación. 

Los porcentajes más comunes que usan los autónomos son: 7% para la tarifa más plana, el 15% de tipo general, y el 1% para las estimaciones objetivas. El Modelo 111 se presenta trimestralmente, siguiendo las mismas fechas límite que el Modelo 130.

Modelo 115: los locales

Los propietarios de locales que reciben ingresos por alquiler, tienen que retener en la factura el 19%. De esta forma, el inquilino es el intermediario entre Hacienda y el propietario. Las retenciones se ingresan en el Modelo 115, dejará de pagarle al propietario para depositarlo en la Administración Pública.

El Modelo 115 se paga trimestralmente los veinte primeros días naturales de los siguientes meses: enero, abril, julio y octubre.

Modelo 349

Este modelo es el indicado para las operaciones intracomunitarias. En él quedan reflejadas estas actividades trimestrales. Deben presentar este modelo los autónomos dados de alta en ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). El Modelo 349 se presenta trimestralmente entre el 1 y el 20 de abril de julio y octubre. Por su parte, el último trimestre se amplía del 1 al 30 de enero. 

Modelo 720

El Modelo 720 es un informe sobre los bienes y derechos referentes al extranjero. Se debe presentar entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año. 

Modelo 347

El Modelo 347 es una declaración anual de las actividades llevadas a cabo con ayuda de terceras personas. Si has tenido actividades con un mismo proveedor o cliente por una cuantía superior a 3005.06 €, debes presentar este modelo. Se debe prestar antes del 28 de febrero de cada año. 

Modelo 390

El Modelo 390 es un resumen anual del IVA. Se presenta en enero del año siguiente, se puede definir como una síntesis del Modelo 303. Se presenta entre los primeros 30 días naturales del mes de enero.

Modelo 180

Es el modelo resumen anual de las retenciones sufridas por los locales. Se resumen las retenciones del alquiler, y las referidas a su dirección e importe catastral.  Se presenta entre el 1 y el 31 de enero de cada año. 

Modelo 190

El Modelo 190 es un resumen de las retenciones a profesionales y trabajadores. Se presenta entre el 1 y el 31 de enero de cada año. 

Modelo 100

El Modelo 100 es la declaración de la renta anual, se presenta como límite el 30 de junio.

Gastos Deducibles de los autónomos

Los gastos deducibles de los autónomos dependen directamente del tipo de actividad llevada a cabo. Como gastos comunes deducibles a toda actividad general se pueden nombrar las cuotas de R.E.T.A., los seguros de responsabilidad civil y profesional, el arrendamiento de locales, los honorarios a la asesoría, la línea telefónica, el material de oficina y servicios publicitarios. 

Otros tipos de gastos como son los desplazamientos o suministros, aunque esto depende del perfil de la actividad y el reglamento requerido por cada profesional.

¿Necesitas ayuda? En Asesoría Hidalgo nos encargamos de todos tus trámites

Ahora que ya tienes claro qué impuestos paga un autónomo. También,  tienes que sumarle los gastos de la Seguridad Social. 

Si necesitas más información sobre los impuestos que debe pagar un autónomo este 2022, contacta aquí con nosotros, en Asesoría Hidalgo te resolvemos todas tus dudas y nos encargamos de tus trámites.

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