¿Puedo cobrar paro y trabajar media jornada?
Cobrar paro y trabajar media jornada al mismo tiempo es una opción legal en España si cumples ciertos requisitos. La normativa actual, especialmente tras la reforma de 2025, permite esta posibilidad durante un periodo limitado y bajo condiciones específicas.
Si quieres conocer más detalles o resolver dudas particulares, puedes consultar nuestros servicios de asesoría laboral. Mientras tanto, aquí te explicamos cómo puedes compatibilizar un empleo parcial con tu prestación por desempleo.
Requisitos para cobrar el paro trabajando a media jornada
La ley contempla la compatibilidad entre el cobro del paro y un trabajo a tiempo parcial. Sin embargo, para acceder a esta opción, debes cumplir las siguientes condiciones:
- Haber cobrado la prestación durante al menos 12 meses antes de iniciar el trabajo parcial.
- No superar un salario bruto mensual de 1.350 euros (225% del IPREM) o 18.500 euros anuales.
- No firmar el contrato con empresas donde hayas trabajado en los últimos 12 meses ni con entidades con un ERE activo.
- Mantenerte dado de alta como demandante de empleo mientras dure la compatibilidad.
Si decides empezar a trabajar a tiempo parcial, tendrás que notificar tu nueva situación en el SEPE en un plazo máximo de 15 días. Esta comunicación es imprescindible para conservar el derecho a tu prestación.
La compatibilidad puede mantenerse durante un máximo de 180 días. Pasado ese tiempo, deberás elegir entre continuar trabajando o reanudar la prestación cuando finalice tu contrato.
Si necesitas orientación más detallada sobre estos trámites, puedes consultar con nuestra gestoría en Móstoles y resolver cualquier duda relacionada con tu situación laboral.
¿Cómo solicitar la prestación por desempleo trabajando media jornada?
El proceso de solicitud sigue estos pasos principales:
- Inscríbete como demandante de empleo en el servicio autonómico correspondiente o en el SEPE si resides en Ceuta o Melilla. Esta inscripción es obligatoria y previa a cualquier solicitud.
- Comunica inmediatamente al SEPE tu situación laboral a media jornada. No notificar este cambio acarrea sanciones, devoluciones o pérdida del derecho a la prestación.
- Presenta la solicitud en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la situación de desempleo o desde el inicio del trabajo parcial. Puedes hacerlo online usando certificado digital o Cl@ve, presencialmente con cita previa en tu oficina de prestaciones o mediante otros registros oficiales como correos.
- Resolución en 15 días: el SEPE dispone de máximo 15 días para resolver tu solicitud. Además, decides si compatibilizas la prestación o la suspendes mientras trabajas. Similar a la situación de ser autónomo y cobrar el paro, ambas modalidades tienen ventajas según tu planificación laboral.
¿Cuánto cobrarías de paro trabajando a media jornada?
El cálculo del importe se basa en la proporción de jornada reducida que determines al compatibilizar trabajo y prestación. La cuantía se reduce en la misma proporción que la jornada que desempeñes, mientras percibes de forma íntegra la retribución de tu empleo parcial.
Por ejemplo, si trabajas al 50 % de jornada, percibirás el 50 % de la prestación más tu salario completo del contrato parcial. Si habitualmente cobrabas 800 euros, pasarías a recibir aproximadamente la mitad de ese importe junto con tu nómina parcial.
No obstante, el importe exacto se calcula siempre sobre la base reguladora de tu situación: la media de las cotizaciones de los últimos 180 días trabajados. Además, se aplican los porcentajes correspondientes (70 % durante los primeros 180 días y 60 % a partir del día 181), así como los límites mínimos y máximos legales, deducciones de cotización y, en su caso, retenciones de IRPF.
El tiempo que consumas de prestación mientras compatibilizas con trabajo parcial se cuenta como días completos de derecho. Esto significa que la duración total del paro se reduce al mismo ritmo que si recibes la prestación íntegra.
Ten presente que esta modalidad difiere de opciones como cobrar el paro de golpe si te haces autónomo, ya que aquí mantienes la condición de trabajador por cuenta ajena mientras percibes una prestación ajustada. También conservas la posibilidad de suspender temporalmente el paro y reactivarlo al finalizar tu contrato parcial.
La compatibilidad laboral entre el desempleo y un contrato a tiempo parcial ofrece una alternativa interesante para mantener ingresos mientras buscas estabilidad profesional. Si decides optar por esta fórmula, recuerda que cobrar paro y trabajar media jornada exige cumplir con todos los requisitos y notificar tu situación correctamente.
Referencias:
- Cuesta, G. (2025, marzo 31). Llega la nueva norma del SEPE: desde este martes se podrá trabajar y cobrar el paro o subsidio a la vez. Diario El Correo. https:// elcorreo.com/economia/tu-economia/cuenta-atras-nueva-norma-sepe-martes-podra-20250331200041-nt.html
- Diario AS. (2025, enero 1). Los españoles que podrán trabajar y cobrar el paro del SEPE a la vez en 2025. https:// as.com/actualidad/economia/los-espanoles-que-podran-trabajar-y-cobrar-el-paro-del-sepe-a-la-vez-en-2025-n/
- El Confidencial. (2025, enero 15). El SEPE confirma: cobrar el paro y trabajar simultáneamente es posible en España si cobras menos de 1.400 euros al mes. https:// elconfidencial.com/economia/2025-01-15/cobrar-paro-trabajar-posible-espana-nueva-reforma-laboral-1qrt_4043336/
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). ¿Puedo cobrar el paro si mantengo un empleo a tiempo parcial habiendo perdido un empleo a tiempo completo? ¿Cómo se calculan su duración y cuantía? Preguntas Frecuentes. https:// sepe.es/HomeSepe/preguntas-frecuentes/detalle-pregunta;jsessionid=493A052195AB096BBEE4CECF7F6D4057.lxmaginterpro1b?detail=/preguntas/prestaciones-por-desempleo/requisitos-de-acceso-a-las-prestaciones/puedo-cobrar-el-paro-si-mantengo-un-empleo-a-tiempo-parcial-habiendo-perdido-un-empleo-a-tiempo-completo-como-se-calculan-su-duracion-y-cuantia