¿Qué sucede con mi Seguridad Social si dejo de ser autónomo?
“Si dejo de ser autónomo, ¿pierdo la seguridad social?” Es una pregunta muy frecuente entre los trabajadores por cuenta propia que deciden cambiar su situación laboral. En las siguientes líneas, te explicamos qué ocurre con tu Seguridad Social cuando cesas tu actividad como autónomo y las implicaciones que esto conlleva en tus derechos y prestaciones.
Recuerda que, si necesitas asesoramiento personalizado, en Asesoría Hidalgo te ofrecemos servicios de asesoría fiscal para ayudarte en este proceso.
¿Pierdes automáticamente la Seguridad Social al dejar de ser autónomo?
La respuesta es no. Al dejar de ser autónomo, no pierdes automáticamente tu derecho a la Seguridad Social. Sin embargo, sí puedes enfrentarte a la pérdida de ciertos derechos y prestaciones específicas para los autónomos. Como gestoría en Móstoles, te contamos cuáles son estas consecuencias.
Baja en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA)
Al darte de baja en el RETA, pierdes el acceso a la prestación por cese de actividad, diseñada para proporcionar apoyo económico a los autónomos en caso de cese total de su actividad. Esta prestación es un importante respaldo para aquellos que se encuentran en una situación de cese involuntario de su actividad y necesitan un apoyo económico mientras buscan nuevas oportunidades.
Además, al dejar de ser autónomo, también pierdes la posibilidad de beneficiarte de ayudas y subvenciones específicas para este colectivo. Estas ayudas incluyen:
- Subvenciones para el inicio de la actividad.
- Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.
- Ayudas para la conciliación de la vida laboral y familiar.
- Subvenciones para la formación y el reciclaje profesional.
Pérdida de derechos y prestaciones
Otro aspecto a considerar si dejas de ser autónomo es la pérdida de derechos y prestaciones a los que tenías acceso mientras cotizabas en el RETA. Algunas de estas prestaciones son:
- Por incapacidad temporal.
- Por nacimiento y cuidado de menor.
- Por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural.
- Por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Bonificaciones de autónomos en las cuotas de la Seguridad Social.
¿Por qué no deberías darte de baja en el RETA al dejar de ser autónomo?
Aunque parezca tentador darte de baja en el RETA para ahorrar en cuotas, esta decisión traerá consecuencias negativas. Al hacerlo, pierdes los derechos a nuevas prestaciones, bonificaciones y ayudas que puedan surgir en el futuro. También pierdes las prestaciones a las que ya tenías derecho.
Mantener tu afiliación al RETA te permite seguir cotizando a la Seguridad Social y así conservar tus derechos a prestaciones en el futuro. Además, continúas acumulando antigüedad en el régimen, lo cual es relevante para el cálculo de determinadas prestaciones.
Si en el futuro decides retomar la actividad como autónomo tras haberte dado de baja, es posible que debas cumplir con requisitos y trámites adicionales para volver a darte de alta en el RETA.
Consideraciones sobre las cotizaciones y la reanudación de la actividad
Si estás considerando dejar de ser autónomo, es fundamental que tengas en cuenta las implicaciones que tiene en tus cotizaciones y en la reanudación de tu actividad en el futuro.
Interrupción de las cotizaciones y sus efectos
Cuando interrumpes tu actividad como autónomo, también se interrumpen tus cotizaciones a la Seguridad Social. Esta interrupción trae consecuencias en tus derechos y cobertura:
- Pérdida de antigüedad: al dejar de cotizar, pierdes la antigüedad que habías acumulado en el RETA, afectando así al cálculo de futuras prestaciones.
- Reducción de la base reguladora: la base reguladora, que se utiliza para calcular la cuantía de las prestaciones, se ve afectada por la interrupción de las cotizaciones. Cuanto más tiempo pases sin cotizar, menor será tu base reguladora y, por tanto, menor será la cuantía de las prestaciones que puedas recibir en el futuro.
- Dificultad para acceder a prestaciones: para acceder a determinadas prestaciones, como la jubilación o la incapacidad permanente, se requiere un periodo mínimo de cotización. Si interrumpes tus cotizaciones durante un tiempo prolongado, será más difícil cumplir con estos requisitos en el futuro.
Reanudación de la actividad y trámites necesarios
Si después de un tiempo decides retomar tu actividad como autónomo, debes tener en cuenta los trámites y obligaciones necesarios para darte de alta nuevamente en el RETA:
- Alta en Hacienda: deberás darte de alta en Hacienda y reactivar tu actividad económica. Esto implica presentar los modelos correspondientes y cumplir con las obligaciones fiscales asociadas a tu actividad.
- Alta en el RETA: tendrás que volver a darte de alta en el RETA y reanudar tus cotizaciones. Es posible que debas cumplir con nuevos requisitos o condiciones, especialmente si ha habido cambios en la normativa desde que te diste de baja. En nuestro artículo Pasos para darse de alta como autónomo en la seguridad social, encontrarás información detallada sobre el proceso de alta en el RETA.
- Cumplimiento de garantías laborales: al reanudar tu actividad, debes asegurarte de cumplir con todas las garantías laborales, como la prevención de riesgos laborales, la protección de datos o la normativa sobre competencia y consumo.
Es recomendable que te informes adecuadamente sobre los trámites y obligaciones necesarios para reanudar tu actividad como autónomo. Así mismo, es importante que te asesores con profesionales especializados. En Asesoría Hidalgo, además de ofrecerte una amplia gama de servicios de asesoría contable, te ayudamos a gestionar el proceso de reanudación de tu actividad.
En definitiva, si dejas de ser autónomo, no pierdes tu derecho a la Seguridad Social, pero sí puedes perder ciertos derechos y prestaciones específicas. Antes de tomar la decisión de darte de baja en el RETA, valora las implicaciones a largo plazo y considera mantener tu afiliación a fin de garantizar tu acceso a prestaciones y ayudas en el futuro.