¿Cómo darse de baja de autónomo en 2024?
Para darse de baja de autónomo, es fundamental conocer todos los pasos a seguir a fin de realizar este trámite correctamente. Finalizar tu actividad como trabajador por cuenta propia requiere cumplir con una serie de obligaciones fiscales y contables que, de no realizarse adecuadamente, podrían acarrear sanciones y complicaciones futuras.
A continuación, te guiaremos a través del proceso para dar de baja tu actividad con total seguridad. Recuerda que siempre puedes contar con los servicios de asesoría fiscal de profesionales expertos que te acompañarán en cada etapa del camino.
Requisitos previos para darse de baja de autónomo
Antes de iniciar el proceso de baja, es necesario cumplir con una serie de requisitos indispensables:
1. Estar al corriente de obligaciones fiscales y tributarias
- Presentar en tiempo y forma las declaraciones y autoliquidaciones correspondientes a tu actividad económica.
- No mantener deudas pendientes con la Administración Pública.
2. Comunicar el cese de actividad
- Informar a tus clientes y proveedores sobre el cese de tu actividad.
- Si eres administrador de una sociedad, justifica los motivos de tu baja a través de un documento público.
3. Requisitos para la prestación por cese de actividad
- Acreditar una disminución significativa en tus ingresos o facturación.
- No será necesario aportar documentación adicional que justifique la situación.
Cumplir con estos requisitos previos es esencial a la hora de iniciar el proceso de baja como autónomo. Si tienes dudas sobre tu situación particular, no dudes en consultar con profesionales especializados en servicios de asesoría contable que te ayudarán a cumplir con todas las obligaciones necesarias antes de tramitar tu baja.
Paso a paso: cómo darse de baja de autónomo
Una vez hayas verificado que cumples con todos los requisitos previos, es momento de comenzar el proceso de baja como autónomo. Este trámite implica comunicar tu cese de actividad tanto a la Agencia Tributaria como a la Seguridad Social, así como presentar las declaraciones tributarias correspondientes. A continuación, te detallamos paso a paso cómo realizar este procedimiento de manera correcta y ordenada.
Paso 1: comunicar el cese de actividad a Hacienda
El primer paso es presentar el modelo 036 o 037 (en función de tus características) ante la Agencia Tributaria, indicando la fecha de cese de tu actividad. Este trámite puede realizarse de las siguientes formas:
- Vía telemática, a través de la sede electrónica de la AEAT.
- A través de la nueva aplicación móvil de la Agencia Tributaria.
- De manera presencial en las oficinas de Hacienda.
Paso 1: darse de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
A continuación, debes comunicar tu baja en el RETA a la Tesorería General de la Seguridad Social. Gracias a las últimas modificaciones legislativas, ahora es posible darse de baja hasta el mismo día del cese de actividad. Este trámite también puede realizarse online, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, o presencialmente en las oficinas de la TGSS.
Paso 3: presentar las declaraciones tributarias correspondientes
Una vez dados los pasos anteriores, es momento de cumplir con las siguientes obligaciones fiscales de autónomos y presentar:
- Liquidación trimestral del IVA (modelo 303) del periodo en el que cesaste tu actividad.
- La declaración anual del IVA (modelo 390) si tu baja se produce al finalizar el año.
- El pago fraccionado del IRPF (modelo 130 o 131) del trimestre en el que cesaste tu actividad.
- La declaración anual del IRPF (modelo 100) correspondiente al ejercicio en el que te diste de baja. A partir de la declaración anual de 2024, los autónomos que hayan cesado su actividad durante el año podrán optar por presentar el modelo simplificado.
Además, este año se ha establecido un nuevo sistema de cotización para los autónomos basado en los ingresos reales. Esto implica que, al darse de baja, se regularizarán las cotizaciones en función de los rendimientos obtenidos durante el periodo de actividad del año en curso.
4. Otros trámites a considerar
Además de los pasos mencionados, no olvides:
- Dar de baja tus licencias o permisos de actividad en el ayuntamiento correspondiente.
- Cancelar los contratos de suministros (luz, agua, teléfono, etc.) relacionados con tu actividad.
- Conservar la documentación fiscal y contable durante el plazo legalmente establecido.
Plazos para darse de baja de autónomo
Es importante tener en cuenta que los plazos para darse de baja como autónomo difieren entre Hacienda y la Seguridad Social. Conocer estas diferencias te ayudará a evitar posibles sanciones o tener que abonar cuotas de autónomo completas innecesariamente.
Plazos para la baja en Hacienda
Para solicitar la baja en Hacienda, dispones de un plazo de 30 días, contados a partir del cese de actividad. Este margen es bastante amplio en comparación con el plazo establecido por la Seguridad Social.
Plazos para la baja en la Seguridad Social
En el caso de la Seguridad Social, el plazo es mucho más ajustado. Tienes un máximo de 3 días naturales tras el cese efectivo de la actividad para comunicar tu baja. No obstante, gracias a las recientes modificaciones legislativas, también puedes notificar tu baja hasta 60 días antes del cese de la actividad.
Límite de bajas anuales
Otro aspecto a considerar es el número de veces que puedes solicitar la baja en función de la fecha de cese de actividad. La normativa permite hacerlo hasta 3 veces al año. Si necesitas darte de baja en más ocasiones, las fechas de efecto siempre se trasladarán al último día del mes en el que se produzca el cese de la actividad, lo que implica tener que pagar la cuota de autónomo completa de dicho mes.
¿Cómo saber que ya estás dado de baja de autónomo?
Si has completado todos los pasos correctamente, ya estarás dado de baja como autónomo. No obstante, si tienes dudas, puedes acceder al portal web de la Seguridad Social y seguir estos pasos:
- Acceder a la Sede Electrónica.
- Pulsar en “Ciudadanos”.
- Acceder a “Informes y Certificados”.
- Entrar al “Informe de situación actual de trabajador”.
En dicho informe podrás comprobar si ya has dejado de estar en el régimen especial de trabajadores autónomos o si aún sigues dado de alta.
Consecuencias de no darse de baja de autónomo correctamente
Si no realizas el proceso de baja de forma adecuada, podrías enfrentarte a diversas consecuencias:
- Seguir cotizando en el RETA y acumular deudas con la Seguridad Social.
- Recibir sanciones de parte de Hacienda por no presentar las declaraciones correspondientes.
- Tener problemas para acceder a futuras prestaciones, como la jubilación o la incapacidad.
Si quieres evitar estos inconvenientes, asegúrate de seguir todos los pasos indicados y contar con el asesoramiento de profesionales expertos. Desde nuestra gestoría en Móstoles te acompañamos a lo largo de todo el proceso, asegurándote de que cumples con todos los requisitos y plazos establecidos por la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Darse de baja autónomo es un proceso que requiere seguir una serie de pasos y cumplir con diversas obligaciones fiscales y contables. Aunque pueda parecer abrumador, con la información adecuada y el asesoramiento de profesionales expertos, podrás realizar este trámite de forma sencilla y sin complicaciones.