Ser autónomo y no facturar nada

¿Qué pasa si soy autónomo y no facturo nada?

Trabajar por cuenta propia tiene sus retos, pero pocos son tan desafiantes como enfrentar los periodos de baja actividad.  Una consulta que recibimos frecuentemente es: ¿Qué pasa si soy autónomo y no facturo nada? Aunque la respuesta puede no ser lo que esperabas, es importante que conozcas todas las implicaciones para evitar sorpresas desagradables. 

A continuación, te explicaremos cómo se manejan las obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social, incluso cuando tus ingresos son nulos. Si necesitas asesoramiento profesional para organizar tus finanzas, considera nuestros servicios de asesoría laboral

Obligaciones de los autónomos sin facturación

La ausencia de ingresos no exime del cumplimiento de las obligaciones fiscales de los autónomos. Mantendrás estas responsabilidades mientras sigas dado de alta:

Pago mensual de la cuota de autónomos

La cuota mensual es tu principal obligación como trabajador por cuenta propia. En 2024, el importe mínimo es de 230,15 € mensuales, aunque la cantidad final dependerá de tu base de cotización según los ingresos estimados. El pago se realiza mediante domiciliación bancaria automática, por lo que necesitas mantener saldo suficiente en tu cuenta.

El impago de la cuota genera estos recargos:

  • 10% si realizas el pago durante el primer mes tras la fecha límite.
  • 20% tras el primer periodo de recargo.
  • 35% si se inicia el procedimiento de apremio.

Sistema de modificación de bases 

Puedes ajustar tu base de cotización 6 veces al año según este calendario:

  • Enero-febrero → efectivo 1 de marzo.
  • Marzo-abril → efectivo 1 de mayo.
  • Mayo-junio → efectivo 1 de julio.
  • Julio-agosto → efectivo 1 de septiembre.
  • Septiembre-octubre → efectivo 1 de noviembre.
  • Noviembre-diciembre → efectivo 1 de enero siguiente.

Presentación trimestral del IVA (Modelo 303)

La liquidación del IVA trimestral exige presentación los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero del año siguiente. La declaración es obligatoria, incluso sin operaciones.

Durante periodos sin facturación, puedes deducir el IVA de tus gastos profesionales. Si el IVA soportado supera al repercutido, tienes la opción de compensarlo en futuras declaraciones o solicitar su devolución en el último trimestre (sujeto a posibles revisiones por parte de Hacienda).

Presentación trimestral del IRPF (Modelo 130)

La presentación trimestral es obligatoria, aun con bases imponibles a cero. Los plazos coinciden con el modelo 303. El cálculo considera los rendimientos reales y gastos deducibles del periodo.

Conserva todos los justificantes de gastos. Esta documentación resulta esencial ante posibles comprobaciones fiscales futuras.

Declaración anual de IRPF (Modelo 100)

La presentación se realiza entre abril y junio del año siguiente. Debes incluir:

  • Ingresos totales del ejercicio: rendimientos de actividad económica, facturas emitidas y cualquier otro ingreso profesional.
  • Gastos que puede deducir un autónomo: suministros, alquiler, material, cuotas de autónomos y demás gastos necesarios para la actividad. 
  • Pérdidas cuando procedan: los resultados negativos podrás compensarlos en los próximos cuatro ejercicios fiscales.
  • Otras rentas o rendimientos: ingresos adicionales del trabajo, capital mobiliario o inmobiliario.

Resumen anual de IVA (Modelo 390)

Presenta este resumen hasta el 30 de enero del año siguiente. Debe recoger todas las operaciones anuales, incluidos periodos sin actividad, y coincidir exactamente con los modelos 303 presentados durante el año.

Declaración censal (Modelos 036/037)

Estos modelos sirven para comunicar modificaciones en tu actividad económica, obligaciones fiscales o datos personales. Si atraviesas un periodo de inactividad prolongado, considera la baja temporal para evitar obligaciones fiscales y de cotización innecesarias.

¿Qué obligaciones desaparecen si no facturas como autónomo?

Cuando eres autónomo y no facturas, hay ciertas obligaciones de las que estás exento:

Exención de impuestos sobre beneficios

No tendrás que pagar el IRPF trimestral basado en rendimientos si no generas ingresos, ya que este se calcula en función de los beneficios obtenidos. Aunque deberás presentar el modelo 130 de IRPF, no realizarás pagos fraccionados si no has generado beneficios.

No ingreso de IVA

No estás obligado a ingresar IVA si no has emitido facturas ni has generado ingresos. Sin embargo, la presentación de las declaraciones sigue siendo obligatoria. En algunos casos, podrás deducir el IVA de los gastos relacionados con tu actividad, siempre que estos gastos sean necesarios para la actividad económica y estén debidamente justificados.

Alternativas para gestionar períodos sin ingresos como autónomo

Atravesar una etapa sin facturación no implica necesariamente acumular deudas o pérdidas importantes. Te presentamos las opciones disponibles para gestionar esta situación:

Baja temporal como autónomo

Si prevés un periodo prolongado sin actividad, darse de baja de autónomo de forma temporal es una solución viable. Al tramitar esta baja, te liberas del pago mensual de cuotas y suspendes tus obligaciones fiscales periódicas. Este proceso te permite reactivar el alta cuando lo necesites, generando un ahorro en gastos fijos.

Sin embargo, debes considerar que perderás el acceso a prestaciones por cese de actividad y no tendrás cobertura por enfermedad profesional. Además, mantendrás la obligación de presentar las declaraciones pendientes y el proceso de reactivación requerirá nuevos trámites administrativos.

Ajuste de la base de cotización

Modificar tu base de cotización permite mantener tu actividad con un coste menor. Esta opción es ideal cuando prevés una recuperación a medio plazo y necesitas mantener tu antigüedad como autónomo. De esta forma conservas el acceso a prestaciones y mantienes la flexibilidad para aumentar la base cuando mejore tu situación económica.

Asesoramiento profesional personalizado

En nuestra gestoría en Móstoles evaluamos la viabilidad de cada alternativa y calculamos el impacto económico de las diferentes opciones. Nuestros expertos te ayudarán a planificar la estrategia más adecuada y gestionar correctamente los trámites necesarios.

La elección de la mejor vía dependerá de la duración estimada del periodo sin ingresos y tu situación financiera actual. Además, debemos tener en cuenta las perspectivas de recuperación del negocio y tus necesidades de cobertura social.

Comprender qué pasa si soy autónomo y no facturo nada es esencial para tomar las decisiones correctas y proteger tu actividad profesional. En Asesoría Hidalgo te ayudamos a evaluar las mejores opciones para tu situación, asegurando el cumplimiento de tus obligaciones mientras optimizamos tus recursos.

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