Tipos de autónomos en España

¿Cuáles son los diferentes tipos de autónomos en España?

El ecosistema laboral contempla diversos tipos de autónomos en España adaptados a diferentes realidades profesionales y económicas. La elección de una modalidad u otra afectará directamente a tus obligaciones fiscales, cotizaciones y derechos. Por ello, contar con buenos servicios de asesoría laboral te ayudará a tomar la decisión correcta en función de tu actividad y circunstancias particulares. A continuación, te explicamos todas las modalidades existentes para que puedas identificar cuál se ajusta mejor a tu caso.

1. Trabajador autónomo tradicional

El trabajador autónomo tradicional corresponde a la figura más común dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esta modalidad engloba a aquellas personas físicas que realizan una actividad económica o profesional de forma habitual, personal y directa, sin estar sujetas a un contrato de trabajo.

Las características principales de este tipo de trabajador por cuenta propia incluyen:

      • Inscripción en el RETA.

      • Declaración trimestral de IVA (salvo excepciones).

      • Declaración trimestral de IRPF.

      • Responsabilidad ilimitada (respondes con tu patrimonio personal).

      • Libertad para establecer tu propio horario y organización.

    Este perfil es ideal para emprendedores que inician una actividad en solitario, especialmente durante los primeros años. La cuota mensual sigue un sistema progresivo con bonificaciones específicas para nuevos autónomos. Desde nuestra gestoría en Móstoles, hemos observado que muchos profesionales comienzan con esta modalidad antes de evolucionar hacia otras formas jurídicas.

    2. Freelance o profesional autónomo

    Es importante aclarar que “freelance” no constituye una categoría legal en España, sino un término informal para describir un estilo de trabajo independiente. La diferencia entre freelance y autónomo es que el freelance es simplemente un concepto que describe una forma de trabajar, mientras que el autónomo es la figura jurídica oficial reconocida por la legislación española.

    En la práctica, los profesionales que se identifican como freelance se caracterizan por:

        • Trabajo por proyectos puntuales para múltiples clientes.

        • Especialización en sectores creativos, digitales o consultoría.

        • Mayor tendencia al trabajo remoto.

        • Ausencia de horarios fijos.

        • Selección específica de clientes y proyectos.

      Desde el punto de vista legal, todos los freelancers en España deben darse de alta como autónomo en la Seguridad Social para ejercer su actividad dentro del marco legal. Es decir, el freelance es una forma de ejercer la actividad autónoma, pero siempre bajo el paraguas jurídico del trabajo por cuenta propia oficialmente reconocido.

      Asimismo, dentro de esta categoría podemos distinguir dos subtipos importantes:

      Profesional colegiado

      Son aquellos cuya actividad exige, por ley, estar inscrito en un Colegio Profesional para poder ejercerla. Los ejemplos más claros son abogados, arquitectos, médicos, psicólogos, procuradores o ingenieros. Una particularidad interesante es que algunos de estos colectivos tienen la opción de cotizar a la Seguridad Social a través de una mutualidad de previsión social alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

      Profesional no colegiado

      Este grupo engloba a todos los demás profesionales autónomos cuya actividad no requiere una colegiación obligatoria. Aquí entran perfiles muy variados como consultores de marketing, diseñadores gráficos, desarrolladores de software, periodistas freelance, traductores, expertos en SEO, etc. A diferencia de algunos colegiados, estos profesionales cotizan obligatoriamente en el RETA.

      3. Autónomo económicamente dependiente (TRADE)

      El TRADE representa una figura intermedia entre el asalariado y el autónomo tradicional. Se caracteriza por obtener al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente, estableciendo así una relación de dependencia económica sin llegar a ser un trabajador por cuenta ajena.

      Esta modalidad presenta aspectos distintivos:

        • Contrato específico que debe registrarse en el SEPE.

          • Derecho a 18 días hábiles de vacaciones anuales.

          • Indemnización en caso de finalización de contrato.

          • Derecho a interrumpir la actividad por diversas causas.

          • Jornada limitada según acuerdo con el cliente principal.

        Conocer la diferencia entre autónomo y TRADE te permitirá determinar si tu situación actual corresponde a esta categoría. Muchos profesionales ejercen como autónomos cuando realmente cumplen los requisitos para ser TRADE, lo que les priva de importantes derechos laborales.

        4. Autónomo societario

        El autónomo societario es aquella persona que, además de trabajar para su propia empresa, posee al menos el 25% del capital social o ejerce funciones de dirección en ella. Esta figura combina las obligaciones del RETA con las ventajas de operar a través de una sociedad mercantil.

        Los aspectos más destacados del autónomo societario son:

            • Doble tributación (IRPF personal e IS de la sociedad).

            • Separación entre patrimonio personal y empresarial.

            • Mayor credibilidad frente a grandes clientes.

            • Posibilidad de incorporar socios.

            • Obligaciones contables más complejas.

          Esta modalidad resulta interesante cuando el volumen de facturación aumenta considerablemente o cuando la responsabilidad civil de la actividad aconseja proteger el patrimonio personal.

          Si quieres profundizar más en detalle sobre esta figura, puedes consultar nuestro artículo sobre qué es un autónomo societario.

          5. Autónomo colaborador

          El autónomo colaborador es el cónyuge o un familiar directo del autónomo titular (hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: hijos, padres, hermanos, nietos, abuelos, suegros) que convive con él y trabaja de forma habitual en su negocio.

          No es necesario que sea socio ni que tenga participación en los beneficios, simplemente que colabore en la actividad. La gran ventaja de esta figura son las importantes bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social durante los primeros años de alta, lo que facilita la incorporación de familiares al negocio. Para ser autónomo colaborador, no debes haber estado de alta como autónomo en los últimos 5 años.

          6. Autónomo agrario (régimen SETA)

          El sector primario tiene sus propias particularidades. Los trabajadores por cuenta propia que se dedican a actividades agrícolas, ganaderas o forestales se encuadran en una modalidad específica dentro del RETA: el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA).

          Este régimen especial contempla algunas diferencias en cuanto a las bases de cotización y los tipos aplicables, adaptándose a las características propias del trabajo en el campo. Es importante identificar si tu actividad pertenece a este sector para acogerte al régimen correcto.

          Comparativa de los principales tipos de autónomos en España

          Para facilitar tu elección, aquí tienes una tabla comparativa de las principales características de cada modalidad:

          Tipo de autónomo Descripción Régimen de cotización Ejemplos / Sectores
          Trabajador autónomo tradicional Gestiona negocio propio, puede tener empleados. RETA, módulos o estimación directa. Peluqueros, comerciantes, artistas.
          Autónomo agrario Actividades agrícolas y ganaderas. SETA. Agricultores, ganaderos.
          Autónomo económicamente dependiente (TRADE) Depende de un único cliente (≥75% ingresos), contrato mercantil formalizado. RETA con coberturas adicionales. Consultores, subcontratados.
          Autónomo societario Socio y gestor en sociedad mercantil con participación ≥25%. RETA, régimen societario. Directores de SL, empresarios.
          Freelance o profesional autónomo Profesionales liberales, colegiados o no colegiados. RETA o mutualidades colegiales. Abogados, arquitectos, programadores.
          Autónomo colaborador Familiares que trabajan en el negocio familiar, conviven con el titular. Régimen especial colaborador. Cónyuges e hijos en negocio familiar.

          Cómo elegir el tipo de autónomo adecuado según tu actividad

          Ahora que conoces las opciones, ¿cómo saber cuál es la tuya? La elección depende de tu situación particular. Reflexiona sobre estos puntos:

              • ¿Qué actividad vas a realizar? ¿Es empresarial o profesional? ¿Necesitas colegiarte? Esto te orientará hacia el autónomo tradicional o profesional.

              • ¿Cómo será tu estructura de clientes? Si prevés que un solo cliente concentrará la mayor parte de tu facturación (>75%), la figura del TRADE es una opción a valorar.

              • ¿Emprendes solo o con socios? ¿Buscas limitar tu responsabilidad personal? Si la respuesta es sí a la segunda parte, o si tienes socios, crear una sociedad (y ser autónomo societario si cumples requisitos) es el camino habitual.

              • ¿Vas a trabajar con familiares directos que conviven contigo? El autónomo colaborador es la figura idónea para ellos.

              • ¿Tu actividad se desarrolla en el sector agrícola, ganadero o forestal? Entonces te corresponde el régimen agrario (SETA).

              • ¿Cuál es tu situación personal?
                    • ¿Será tu única fuente de ingresos o lo compaginarás con un trabajo por cuenta ajena (pluriactividad)? Como vimos, esto influye en tu cotización.

                    • ¿Tu actividad será continua durante todo el año o estacional? Esto afecta a la planificación de altas y bajas en la Seguridad Social y Hacienda.

              Como has visto, el mundo del trabajo por cuenta propia en nuestro país es diverso. No existe una única forma de ser autónomo, y cada modalidad tiene sus propias reglas de juego. Comprender los diferentes tipos de autónomos en España es el primer paso para transitar con seguridad por el sistema y asegurarte de que cumples con todas tus obligaciones fiscales y laborales de la manera más eficiente. Si tienes dudas o necesitas ayuda para darte de alta o gestionar tu día a día como autónomo, no dudes en consultarnos.

              Referencias:

                  • De La Cueva, M. (2023, septiembre 22). Tipos de autónomos y sus características. Billin Blog. https:// www.billin.net/blog/tipos-autonomos/

                  • Dobaño, R. (2024, noviembre 11). Tipos de autónomos en España: ¿cuántos hay? Quipu Blog. https:// getquipu.com/blog/tipos-de-autonomos-en-espana/

                  • Monge Ortiz, B. (2024, octubre 31). Conoce los cinco tipos de trabajadores autónomos en España y sus características únicas. https:// es.linkedin.com/pulse/conoce-los-cinco-tipos-de-trabajadores-aut%C3%B3nomos-en-y-monge-ortiz-5abrf

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