Un autónomo puede tener nómina

¿Puede un autónomo tener nómina?

Si trabajas por cuenta propia, es posible que te hayas preguntado si un autónomo puede tener nómina. La respuesta no es sencilla, ya que depende de varios factores, como el tipo de actividad que desarrollas o si formas parte de una sociedad. 

Desde Asesoría Hidalgo, te explicamos en qué casos un trabajador por cuenta propia puede recibir una nómina y qué alternativas existen. Si necesitas más información personalizada, siempre puedes contar con nuestros servicios de asesoría laboral.

Un autónomo individual, ¿puede tener nómina?

La respuesta corta es no. Los autónomos individuales, aquellos dados de alta como personas físicas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), carecen de la posibilidad de asignarse una nómina formal. Esto se debe a un motivo principal: la ausencia de separación legal entre el patrimonio personal y el empresarial.

Cuando trabajas como autónomo individual, todos tus ingresos se consideran rendimientos de actividad económica, no salarios. La legislación española no contempla la figura del “autoempleado” con capacidad para pagarse un sueldo a sí mismo. Esta situación genera implicaciones fiscales muy distintas a las de un trabajador asalariado.

¿Cuándo puede un autónomo societario tener nómina?

A diferencia de los autónomos individuales, los autónomos societarios sí tienen la posibilidad de recibir una nómina bajo determinadas circunstancias. Estos son profesionales que, además de estar dados de alta en el RETA, mantienen una relación con una sociedad mercantil (S.L., S.A., etc.). Si quieres saber más sobre esta figura, te recomendamos que leas el post donde te explicamos qué es un autónomo societario.

Veamos cuáles son las condiciones para que un autónomo societario pueda tener nómina:

Si tienes una participación minoritaria en la sociedad

Tu porcentaje de participación en la empresa determina en gran medida la posibilidad de recibir una nómina. La normativa establece que los socios con menos del 25 % del capital social mantienen la capacidad de establecer una relación laboral común con la empresa. 

Esta vinculación te permite recibir un salario mensual mediante nómina formal, con todas las características propias de cualquier contrato laboral. 

Al acceder a esta modalidad, cotizarás en el Régimen General por este trabajo, además de mantener tu alta en el RETA por tu condición de autónomo. A pesar de implicar una doble cotización a la Seguridad Social, este sistema ofrece ventajas fiscales considerables frente a la alternativa de facturar como profesional externo.

Si tu actividad dentro de la empresa no es profesional

Otro factor decisivo radica en el tipo de actividad que desempeñas en la sociedad. Cuando ejerces funciones diferentes a tu actividad profesional habitual, la normativa contempla y facilita la posibilidad de establecer una relación laboral formal. 

Pensemos, por ejemplo, en un arquitecto autónomo que paralelamente ejerce como director comercial en una empresa constructora de la que también es socio. En tales circunstancias, tanto la Seguridad Social como la Agencia Tributaria valorarán la naturaleza real de las funciones desempeñadas, sin limitarse a la mera denominación del puesto. 

En estos casos, la diferenciación clara entre ambas actividades justificará la existencia de una nómina legítima. Ante la complejidad de estas situaciones, en nuestra gestoría en Móstoles te ayudamos a documentar correctamente la separación de funciones y evitar problemas futuros con la inspección.

Si tu retribución está reflejada en los estatutos de la sociedad

La formalidad documental adquiere especial relevancia cuando hablamos de nóminas para autónomos societarios. Los estatutos sociales de la empresa deben recoger expresamente el régimen de retribuciones aplicable tanto para administradores como para socios trabajadores. 

Las nóminas que percibas han de ajustarse rigurosamente a lo establecido en dichos documentos fundacionales, sin desviaciones que puedan generar sospechas. Cualquier modificación en el sistema retributivo requerirá la correspondiente actualización estatutaria mediante los procedimientos legales establecidos. 

Este requisito formal actúa como salvaguarda ante posibles controversias con la Agencia Tributaria sobre la naturaleza de tus retribuciones.

Obligaciones fiscales y laborales para autónomos con nómina

Los autónomos societarios que perciben nómina afrontan un marco fiscal y laboral específico. Estas responsabilidades se suman a las obligaciones fiscales de los autónomos habituales, creando un escenario tributario que requiere atención especializada.

En materia fiscal

      • Las retribuciones como administradores soportan retenciones elevadas (hasta un 42 % en el IRPF).

      • Deberás diferenciar claramente en tu declaración de la renta entre rendimientos del trabajo (nómina) y rendimientos de actividades económicas (facturación como autónomo).

      • La sociedad contemplará estos pagos como gasto deducible si cumplen todos los requisitos legales.

    En el ámbito laboral

        • Te verás obligado a cotizar por ambos regímenes: el General (por la nómina) y el RETA (por tu condición de autónomo).

        • El alta en ambos sistemas conlleva la obligación de abonar dos cuotas mensuales.

        • La situación de pluriactividad da acceso a ciertas bonificaciones que reducen parcialmente este doble coste.

      La correcta planificación fiscal minimizará la carga impositiva total, por lo que el asesoramiento especializado marca la diferencia en estos casos.

      ¿Qué alternativa tiene un autónomo si no puede tener nómina?

      Si un autónomo no puede recibir una nómina, existen otras formas de retribución:

        • Facturar por servicios prestados: en el caso de autónomos individuales o societarios que desempeñen una actividad profesional, deben emitir facturas a la empresa con su correspondiente IVA y retenciones de IRPF.

        • Distribución de beneficios: los socios de una S.L. pueden recibir dividendos si la empresa obtiene ganancias. Este sistema está sujeto a retención en el IRPF y depende de la rentabilidad de la sociedad.

        • Asignaciones fijas personales: aunque no tenga implicaciones fiscales, algunos autónomos establecen un retiro mensual de fondos para gestionar su economía de forma ordenada.

        Conocer las opciones disponibles permite tomar decisiones informadas y optimizar la gestión financiera dentro del marco legal.

        En definitiva, un autónomo puede tener nómina en determinadas circunstancias, especialmente si forma parte de una sociedad mercantil. Sin embargo, los autónomos individuales deben buscar otras vías para organizar sus ingresos. Contar con asesoramiento especializado, te ayuda a evitar problemas fiscales y te permite gestionar mejor tus obligaciones tributarias.

        Referencias:

            • Delgado, A. (2023, diciembre 16). Autónomo societario: ¿Cómo es la nómina de un autónomo societario? Emprendedores. Disponible en: https:// emprendedores.es/ideas-de-negocio/autonomos/nomina-autonomo-societario/

             

              • García Iglesias, I. (2015, julio 30). ¿Tienen los autónomos derecho a nómina? Cinco Días. El País. Disponible en: https:// cincodias.elpais.com/cincodias/2015/07/29/autonomos/1438185099_169615.html

               

                • Nationale-Nederlanden España. (2024, diciembre 3). ¿Pueden los autónomos tener una nómina? Disponible en: https://www.nnespana.es/blog/pueden-autonomos-tener-nomina

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